¿A quién le corresponde la limpieza de patios?
Seguramente en alguna ocasión te hayas preguntado a quién le corresponde el mantenimiento del patio y su limpieza en una comunidad de vecinos. Vamos a intentar resolver tus dudas con la legislación en la mano.
Limpieza de patios de uso privativo
Si se trata de un patio comunitario de uso privativo, el saneamiento y cuidado general corresponde al propietario que lo disfruta. En este sentido hay dos cuestiones que debes tener en cuenta:
- Si la mala conservación provoca el deterioro de otras zonas comunes, la responsabilidad recae sobre el propietario en cuestión. Es decir, según el artículo 9.1.b. de la Ley de Propiedad Horizontal, si el patio que disfrutas presenta una obstrucción en una arqueta por acumulación de residuos, es tu responsabilidad subsanarlo. Teniendo en cuenta lo engorroso de esta actividad, lo mejor es recurrir a empresas como Limpiezas de Dios que te ofrezcan un servicio de higienización específico para este tipo de espacios.
- Si los daños proceden de un defecto estructural como una mala impermeabilización, la responsabilidad es de la comunidad según el artículo 10.1 de la LPH.
Limpieza de patios comunitarios
Las normas comunitarias pueden especificar que pese a encontrarse anejo a un piso particular, el patio sea de uso común. En ese caso el propietario del piso no tiene la obligación de limpiarlo o mantenerlo, siendo la comunidad la encargada de dichas acciones. Lo habitual es delegar la labor en una empresa de limpieza que evite a los vecinos realizar por sí mismos la fastidiosa actividad.
Además de las obvias razones higiénicas que justifican la limpieza de los patios, mantenerlos cuidados evitará averías y humedades que, sin duda, a la larga afectarán a tu bolsillo.
Sea cual sea tu situación, ¿qué mejor que confiar la limpieza de la comunidad de vecinos a una empresa especializada? Si resides en Valencia, solicita más información sin compromiso.
En Limpiezas de Dios estamos para ayudarte.